Cabildo Extraordinario de Reforma de Reglas

Convocado por acuerdo de la Junta de Gobierno, tomado en Cabildo Ordinario de Oficiales de 18 de mayo de 2021 y conforme a lo dispuesto en la Regla 71 del Titulo V de nuestras Santas Reglas, se convoca a los hermanos mayores de 18 años, con al menos un año de antigüedad en la Hermandad, a la sesión del Cabildo General Extraordinario, a celebrar el jueves, día 23 de septiembre de 2021, a las 20:30 horas en primera convocatoria y a las 21:00 horas en segunda, en la Iglesia de Santa Catalina.

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Reforma parcial de las Reglas

La reforma de reglas parcial que se abordará en el próximo Cabildo Extraordinario de Reforma de Reglas nace de la necesidad de adecuar el ejercicio económico de la Hermandad a lo estipulado en este sentido en las Normas Diocesanas para Hermandades y Cofradías de 29 de junio del 2016 y las Normas de funcionamiento del Protectorado Canónico de la Archidiócesis de Sevilla de fecha 1 de Marzo del 2017. Por tanto, dicha reforma afecta únicamente a las reglas 76, 104 y 130 de nuestras Santas Reglas.

El Proyecto de Reforma de Reglas permanecerá expuesto, para la consulta de todos los hermanos que así lo deseen, en la sede social de la Hermandad sita en la calle Gerona 20 durante los días 14, 15, 16, 17, 18, 21, 22, 23, 24 y 25 de junio en horario de 20:00 a 21:00 horas. Igualmente, se le dará publicidad a través de los medios de comunicación propios de la Hermandad.

Aquellos hermanos que deseen presentar enmiendas a las reglas objeto de modificación, dispondrán de los días 28, 29, 30 de junio y 01, 02, 05, 06, 07, 08 y 09 de julio en horario de 20:00 a 21:00 horas para hacerlo. Para ello, la Junta de Gobierno habilitará una cédula específica que tendrá que ser entregada en la sede social de la Hermandad sita en la calle Gerona 20 durante el período anteriormente citado. No serán tenidas en consideración aquellas que lleguen fuera del plazo establecido.

Únicamente se someterán a la aprobación del Cabildo aquellas reglas objeto de enmiendas, quedando automáticamente aprobadas aquellas que no lo hayan sido. Para dicha votación, la Junta de Gobierno habilitará una cédula donde se indicará la regla objeto de enmienda así como el texto de la enmienda sometida a aprobación.

Finalmente, indicar que este Cabildo se rige por la regla 7 de nuestras Santas Reglas, la cual estipula que para su celebración se requiere quorum del 10% del Censo Electoral. Igualmente establece que para la aprobación de las enmiendas presentadas se requerirá el sentido favorable, al menos, de dos tercios de los votos emitidos.